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lunes, 18 de febrero de 2013
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sábado, 31 de julio de 2010
Nueva Ley de Actividad Aseguradora
La Ley de la Actividad Aseguradora fue promulgada por la Presidencia de la República en la Gaceta Oficial N° 5.990 Extraordinario del 29/7/2010. La Asamblea Nacional la aprobó el 25 de mayo pasado. Entre otros aspectos, la ley establece (artículo 40) que las aseguradoras no pueden "negarse a otorgar la cobertura inmediata en casos de emergencia prevista en el contrato de hospitalización, cirugía y maternidad (HCM), condicionada a la emisión de claves o autorizaciones de acceso". La ley no prohíbe expresamente el uso de la clave que otorgan las compañías de seguros.
El mismo artículo señala que tampoco pueden "alegar las enfermedades preexistentes o adquiridas, defectos o malformaciones congénitas, como causal de rechazo de siniestros de HCM". No pueden aumentar las primas "por alta siniestralidad durante el período para el cual ha sido calculada la prima del seguro o de medicina prepagada". El artículo 138 dice que la Superintendencia de la Actividad Aseguradora "otorgará la autorización a las empresas de medicina prepagada, previo cumplimiento de los requisitos".
Prohibición. Las empresas de seguros y reaseguros no pueden efectuar operaciones de banca seguros. La disposición transitoria cuarta le otorga 180 días (seis meses), contados a partir del pasado jueves, a las empresas de seguros y reaseguros que formen parte de un grupo asegurador, económico o financiero, "para que lleven a cabo todas las operaciones necesarias para implementar el principio de separación jurídica contable, administrativa y financiera". Todo de acuerdo con los artículos 7 y 14 de la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional.
Además, la disposición transitoria quinta agrega que las compañías de seguros cuyos accionistas sean sujetos regulados por la Ley del Sistema Financiero (bancos, casas de bolsa, etc.) deben separar jurídicamente su contabilidad y sus gestiones administrativa y de tesorería. El objetivo es "impedir la realización de operaciones monopólicas y contrarias a la solvencia y estabilidad del sistema financiero".
La disposición séptima señala que a partir de la nueva ley, "las pólizas de seguro suscritas bajo la modalidad de banca seguro estarán vigentes hasta la fecha de su vencimiento y no podrán ser renovadas bajo esa modalidad".
lunes, 23 de noviembre de 2009
Inversion en Commodities
En lo que va de año, gran parte de estos productos han experimentado grandes alzas. La plata se revalorizó un 5%, el paladio un 6%, el platino un 21% y el cobre un 33%. Pero este fenómeno no se produce sólo en los metales: desde enero, el precio de la soja repuntó un 30% y el del trigo un 66 por ciento.
A la hora de invertir, los expertos recomiendan tenerlas en cuenta para diversificar las carteras, ya que auguran que los precios seguirán al alza, pero siempre con cautela y con una exposición reducida.
El mercado de las materias primas (o commodities) está experimentado un rally alcista en los últimos meses debido, según los analistas, a diversos factores. La demanda de países emergentes como China e India disparó el precio de los productos agrícolas para su consumo como alimento, mientras que su industria necesita grandes cantidades de metales, minerales y recursos energéticos.
Según dijo al medio español Cincodías.com Juan Ramón Caridad, de Atlas Capital, "la inversión en materias agrícolas está en auge por la fuerte demanda de los países asiáticos. El año pasado hubo relativas malas cosechas, por lo que los inventarios están muy ajustados".
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